viernes, 21 de septiembre de 2007

CNE marcará pauta en cobertura de campaña


Rectores analizarán el tema en la próxima sesión.

Caracas,(Últimas Noticias).- El Consejo Nacional Electoral regulará la cobertura informativa que harán los medios de comunicación social de la campaña para el referendo aprobatorio de la reforma constitucional.

El borrador de las normas para regular los referendos de proyectos de reforma constitucional, establece en su artículo 70, que los medios de comunicación deberán mantener "un riguroso equilibrio en cuanto al tiempo, espacio y la jerarquización de las informaciones relativas a las actividades de los partidos o agrupaciones de ciudadanos en adhesión a una determinada opción".

La campaña durará veinte días y cesará cuarenta y ocho horas antes de la votación.

La propuesta de normativa, que aún no ha sido aprobada por la junta directiva del CNE, establece que la publicidad y la propaganda será contratada por el órgano comicial.

Asimismo, el CNE usará los espacios gratuitos otorgados por la Ley Resorte de la siguiente manera: 30% para los mensajes institucionales y70% para la propaganda de las opciones del referendo.

De igual manera, según el artículo 65, los grupos del Sí y del No, podrán difundir sus mensajes durante un tiempo máximo de dos minutos diarios en televisión de señal abierta. En radio el tiempo máximo será cuatro minutos.

En la prensa escrita se contratarán espacios de hasta media página diaria en las publicaciones estándar y una página en el caso de los tabloides.

Los medios de comunicación, los productores independientes y los conductores de programas no podrán apoyar por cuenta propia a ninguna de las dos tendencias, ni promover la abstención.

La publicación de encuestas quedará prohibida de acuerdo al artículo 69, con cinco días de anticipación de la votación.

Los medios de comunicación que difundan resultados parciales el día del referendo y antes de que el CNE autorice la publicación de este tipo de informaciones, serán sancionados con multa equivalente de 1 mil 500 a 3 mil unidades tributarias, es decir, entre 56 millones 448 mil bolívares y 112 millones 896 mil bolívares.

Al igual que en normas anteriores, queda establecido que los funcionarios públicos se deben sólo al Estado y, por tanto, no podrán apoyar ninguna de las tendencias en ejercicio de sus funciones. Entonces, no podrán hacer propaganda en sus sitios de trabajo, proselitismo en dependencias gubernamentales; ni apoyar a alguna tendencia en alocuciones oficiales. Los funcionarios que incumplan con la norma deberán pagar una multa de 500 unidades tributarias, es decir, 18 millones 816 mil bolívares.

La utilización de mensajes de texto para incumplir la normativa será sancionada con 200 unidades tributarias (75 millones 264 mil bolívares).

1 comentario:

Anónimo dijo...

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