martes, 23 de septiembre de 2008

(Video) Cadena nacional: Inicio de la campaña electoral para las elecciones regionales 2008


(Prensa Web CNE / Capseoj).- Venezolanas y venezolanos. Estamos en la antesala de la campaña electoral. Desde las 12:01 del 23 de septiembre hasta las 06:00 de la mañana del 21 de noviembre próximo, las candidatas y los candidatos, las organizaciones con fines políticos, los grupos de electoras o electores y las comunidades u organizaciones indígenas, podrán, legal y legítimamente, ofrecer al país sus propuestas y planteamientos electorales, con el fin de captar sus voluntades y sus votos.

En este punto del proceso, queremos alentar a las partes para que lleven a cabo una campaña limpia y de respeto mutuo, con acatamiento a las obligaciones establecidas en la ley y, especialmente, con respeto por la institución electoral, que será, como siempre, garante de la equidad y de la aplicación justa de las reglas del juego electoral.

El proceso de escogencia de candidatas y candidatos, su posterior postulación, y la posición en boleta, constituyeron una fase dinámica del proceso electoral. Tuvimos un total de 17.308 postulaciones para los 603 cargos en contienda, de las cuales 12.703 corresponden a los cargos de Gobernadora o Gobernador de estado, Alcaldesa o Alcalde de municipio, Alcaldesa o Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas y Alcaldesa o Alcalde del Distrito Metropolitano del Alto Apure. En lo que corresponde a los cuerpos colegiados, se registró un total de 4.595 postulaciones.

Estas postulaciones se tradujeron en 8.294 candidaturas. De las cuales 2.505 corresponden a los cargos ejecutivos y 5.789 a los cuerpos colegiados.
El total de organizaciones con fines políticos y grupos de electores y electoras que presentaron postulaciones fue de 786, tanto a nivel nacional como a nivel regional y municipal. Y tuvimos 295 candidatos y candidatas por iniciativa propia.

Especial relevancia tiene la decisión adoptada por el Consejo Nacional Electoral en lo relativo a las postulaciones para los Consejos Legislativos Regionales, al ser aprobada dentro del cuerpo de normas la disposición de paridad y alternabilidad de género en la composición de los aspirantes a esos cargos. Es altamente satisfactorio informar que tal disposición fue cumplida estrictamente por todos los postulantes, y que la composición porcentual de candidatos y candidatas fue de 50,25% para hombres y 49,75% para mujeres.

Hoy el país se prepara para conocer formalmente a esas candidatas, a esos candidatos y a las organizaciones responsables por estas postulaciones y por el desarrollo de sus correspondientes campañas. Contamos además con unas normas claras para regular este proceso. De modo que no faltará la voluntad institucional de este Poder Electoral para aplicar la ley y exigir su cabal cumplimiento.


Normas de Publicidad

La regulación en materia de Publicidad y Propaganda, aprobada por el Consejo Nacional Electoral en sesión del 10 de septiembre de 2008, es, en términos generales, suficientemente conocida por las organizaciones con fines políticos del país. Así pues, no debe sorprender a nadie lo establecido para este proceso electoral. Sin embargo, vale referir algunas de las características más relevantes de esta normativa.


Definición de campaña

Se entiende por campaña electoral a las actividades que se realizan con el propósito de convencer, estimular o captar el voto del electorado a favor o en contra de una candidata o candidato o lista de candidatas y candidatos.
Limitaciones para los funcionarios públicos

La normativa establece limitaciones para quienes se desempeñen en cargos públicos, en cuanto al ejercicio de sus atribuciones, lo mismo que al uso de instalaciones y recursos propiedad del Estado para realizar publicidad o propaganda electoral.
Limitaciones para los medios

Los medios de comunicación, tanto impresos como radioeléctricos, deben acatar las limitaciones en la difusión de publicidad o propaganda electoral. Deben, asimismo, respetar las limitaciones en cuanto al tiempo máximo diario de difusión de publicidad y propaganda, y esforzarse por ofrecer una cobertura completa y balanceada de los hechos noticiosos relativos a la campaña. Igualmente, se ratifica la prohibición de divulgar resultados de encuestas o sondeos con siete días de antelación al acto comicial.

Sanciones

El Poder Electoral, en su condición de árbitro de este proceso, ha dispuesto medidas para sancionar a quienes incumplan con lo establecido en estas normas de publicidad y propaganda. Entre estas medidas se cuentan suspensión o el retiro de la publicidad y propaganda que infrinja las prohibiciones absolutas, multas dependiendo de la gravedad del hecho, que pueden ir desde 200 hasta 3000 unidades tributarias, así como la prohibición temporal de difundir publicidad o propaganda a quien infrinja estas disposiciones.

Finalmente, queremos recordarles a todas y todos los participantes en esta elección, su responsabilidad por brindarles a todas las venezolanas y los venezolanos una campaña electoral digna y constructiva, que refuerce los profundos valores democráticos de nuestro pueblo.

Creemos que la sociedad venezolana merece que sus líderes le ofrezcan una campaña electoral que deje en el pasado la mediocridad y la simpleza, para centrarse en la oferta de sus ideas y propuestas.

El venezolano es un pueblo políticamente lúcido. Somos un país de demócratas, que votamos porque entendemos el voto como un ejercicio directo de la soberanía, un valor sembrado para siempre en nuestra conciencia. Votar es lo nuestro, porque es un acto que nos define como nación.

Muchas gracias, muy buenas noches.

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