La presidenta de la Comisión de Registro Civil y Electoral del CNE, rectora Sandra Oblitas, ratificó que el cronograma electoral elaborado por la Junta Nacional Electoral, y que incluye como propuesta la fecha del 23 de noviembre para convocar los comicios regionales y municipales, será discutido y aprobado por la directiva del ente comicial entre la primera y segunda semana de marzo.
En una entrevista radial la rectora añadió que este calendario de actividades incluye, entre otros aspectos, todo lo concerniente a los lapsos para el corte del Registro Electoral, los lapsos para las postulaciones de candidatos, campaña electoral y los tiempos para cumplir con la batería de auditorías “que el CNE de manera progresiva ha venido incorporando como garantía y transparencia para los procesos electorales”.
Servicio electoral
Con relación al cumplimiento del servicio electoral para aquellas personas que resulten seleccionadas para trabajar en las juntas electorales y mesas de votación, la rectora Oblitas dijo que tanto la Ley Orgánica del Poder Electoral como la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política establecen que este servicio es obligatorio y en consecuencia todas las personas sorteadas deben cumplirlo, “porque los mecanismos de exoneración son solamente para las personas mayores de 75 y para aquellos profesionales que demuestren que tiene cumplimiento de guardias en su jornada laboral”.
Enfatizó que las juntas electorales -regionales, metropolitana, municipales y parroquiales -, se instalan con un tiempo de anticipación a la fecha de celebración de las elecciones, por lo cual la ley también prevé la obligatoriedad por parte de los patronos de darles el permiso que corresponde a los trabajadores que lo soliciten presentando la notificación y la credencial que les otorga el CNE.
Señaló que las personas seleccionadas, en caso de que se les presente alguna dificultad para tramitar el permiso en sus sitios de trabajo, deben acudir a las distintas Oficina Regionales Electorales, donde les será refrendada la solicitud.
Otorgamiento de nacionalidad
La rectora Sandra Oblitas también se refirió a la resolución que se encuentra elaborando la comisión interinstitucional de Registro Civil para garantizar el otorgamiento de la nacionalidad venezolana a los niños, niñas y adolescentes - hijos de padres o madres venezolanas- nacidos en el exterior.
La rectora electoral explicó que lo que se pretende es aplicar lo establecido en el artículo 470 del Código Civil venezolano que establece que cuando el nacimiento de un niño tenga lugar en el exterior, las autoridades diplomáticas o consulares de Venezuela, encargadas de expedir las partidas de nacimiento, deben remitir perentoriamente los documentos a las autoridades civiles nacionales, para garantizarle el ejercicio de su ciudadanía.
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