El Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ), en acatamiento a las conclusiones y recomendaciones del “I Congreso de Planificación de CAPSEOJ – Gestión año 2009”, celebrado en la ciudad de Caracas el pasado mes de enero 2009, contando con la participación de los Delegados y Representantes de todas las unidades administrativas del Consejo Nacional Electoral y los representantes de los gremios SINTRAPEL, SUTCNE, Y UNION NACIONAL DE JUBILADOS; en uso de sus atribuciones ACUERDA:
OTORGAR a todos los asociados y asociadas, cursantes de Estudios Universitarios (Pregrado y Postgrado a nivel Nacional), un subsidio equivalente al treinta por ciento (30%) del costo del periodo o periodos a cursar durante el año 2009, independientemente de la periodicidad (trimestral, semestral o anual).
El subsidio ha implementar por CAPSEOJ será cubierto por el Fondo de Actividades Deportivas, Recreativas, Educativas y Culturales correspondiente al presente año 2009; y en consecuencia seguimos cumpliendo con el proceso de inclusión, favoreciendo y apoyando a la familia Ceneista en su desarrollo y formación educativa y profesional.
REQUISITOS PARA OPTAR AL BENEFICIO:
1. Constancia de Estudio o Constancia de Inscripción del período que cursa, vigente, sellada y firmada por la Institución Educativa (Original).
2. Constancia que avale el costo de la matrícula, periodicidad y forma de pago emitida por la Casa de Estudio.
3. No haber sido objeto de sanción por el incumplimiento de obligaciones y deberes inherentes al otorgamiento de BENEFICIOS y/o AYUDAS por parte de CAPSEOJ.
4. No se otorgarán subsidios para cursar estudios de igual o inferior nivel al grado y perfil académico del asociado y asociada.
5. El monto máximo anual a financiar para matrícula de Pregrado y Postgrado es de: Bolívares Dos Mil (Bs. 2.000,00).
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